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Donativos y Desgravación I.R.P.F.
Cambios por la reforma de la ley estatal que entró en vigor el 1 de enero de 20024. Cambios en la ley autonómica 2024.
Con objeto de evitar posibles confusiones, exponemos brevemente algunas aclaraciones a los donativos a la Fundación.
Ante todo, los donativos a la Fundación tienen dos características: son irrevocables y no dan derecho a una prestación de servicios. Es decir, una vez entregado y aceptado el donativo por la Fundación, ya no puede devolverse. Además, el donativo no da derecho a una prestación de servicios. Por ejemplo, la cuota de una actividad, que da derecho a una prestación de servicio (jugar al baloncesto o hacer Judo), no puede ser tratada como un donativo y por ello no puede desgravar en el I.R.P.F.
DESGRAVACIÓN I.R.P.F EN EL TRAMO ESTATAL.
Otra cuestión importante son los porcentajes de desgravación. De acuerdo con el artículo 19 apartado 1 del texto consolidado de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y cuya reforma entró en vigor el 1 de enero de 2024, los primeros 250 euros donados conllevan una desgravación del 80% (200 euros) y el resto, el donativo que exceda la cantidad de 250€, el 40%.
Pongamos un ejemplo para el tramo estatal.
Si usted hace un donativo a la Fundación de 150 euros y otro donativo a Cáritas, por ejemplo, de 200 euros, para Hacienda has realizado un donativo anual de 350 euros, independientemente de las entidades. De esos 350 euros, 250 (da igual a que entidad vayan) desgravarán el 80% (200 euros) y de los restantes 100 usted desgravará el 40% (40 euros). En total desgravaría 240 euros. Y lo mismo ocurriría si realiza, por ejemplo, dos donativos de 150 euros a la Fundación. En total serían 300 euros. De los cuales, 250 desgravarían al 80% y los otros 50 desgravarían el 40%.
DESGRAVACIÓN I.R.P.F EN EL TRAMO AUTONÓMICO VALENCIANO.
También queremos recordaros que en el tramo autonómico valenciano existen desgravaciones por donativos a fundaciones. Esta desgravación autonómica tiene una peculiaridad. Los primeros 150 euros desgravan el 20%, pero la parte del donativo que excede esos 150 primeros euros desgrava el 25%. Veamos varios ejemplos.
• Si usted hace un donativo a la Fundación de 150 euros usted desgravará, en el tramo Estatal el 80% (120 euros). Mientras que en el tramo autonómico valenciano usted desgravaría de esos 150 euros, el 20% (30 euros). En total, entre el tramo Estatal y el tramo Autonómico, de los 150 euros donados, usted desgravaría 150 euros. ¡Exactamente la misma cantidad donada!
• Veamos otro ejemplo muy común. Si usted realiza un donativo a la Fundación de 250 euros, usted tendría en el tramo Estatal una desgravación de 80% de los 250 euros, es decir, 200 euros. Pero, en el tramo autonómico valenciano usted podría desgravarse el
20%, de los primeros 150 euros donados, es decir, 30 euros. Pero, además, de los 100 euros restantes, usted se desgravaría el 25%, en este caso 25 euros lo cual haría que, de los 250 euros donados, usted podría desgravar entre el tramo Estatal y el Autonómico, un total de 255 euros. 200 en la parte del tramo Estatal, y 55 y en la parte del tramo Autonómico. Aportando a la Fundación C.D. Dominicos la cantidad de 250 euros, entre ambos tramos usted se desgravaría ¡255 euros!
EJEMPLO DE DESGRAVACIÓN PARA UN DONATIVO DE 150€ A LA FUNDACIÓN C.D. DOMINICOS
Tramo estatal | Primeros 150 € = 80%= 120€ | Subtotal = 120 € | |
Tramo autonómico | Primeros 150 € = 20% = 30€ | Subtotal = 30 € | |
TOTAL | 150 € |
EJEMPLO DE DESGRAVACIÓN PARA UN DONATIVO DE 250€ A LA FUNDACIÓN C.D. DOMINICOS
Tramo estatal | Primeros 250 € = 80%= 200€ | Subtotal = 200 € | |
Tramo autonómico | Primeros 150 € = 20% = 30€ | Siguientes 100 € = 25% = 25€ | Subtotal = 55 € |
TOTAL | 255 € |
EJEMPLO DE DESGRAVACIÓN PARA UN DONATIVO DE 350€ A LA FUNDACIÓN C.D. DOMINICOS
Tramo estatal | Primeros 250 € = 80%= 200€ | Siguientes 100 € = 40% = 40€ | Subtotal = 240 € |
Tramo autonómico | Primeros 150 € = 20% = 30€ | Siguientes 200 € = 25% = 50€ | Subtotal = 80 € |
TOTAL | 320 € |